¿QUÉ SON LOS CONTROLES SANITARIOS FRONTERIZOS?

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Todas las mercancías destinadas al consumo humano (alimentos y bebidas) y al uso o contacto con el cuerpo humano (medicamentos, cosméticos, pelucas, etc.) deben ser controladas por la Oficina Sanitaria Fronteriza antes de la operación aduanera para establecer su conformidad con la normativa sanitaria aplicable.

La Unión Europea ha dictado su propia normativa, que debe ser aplicada por cada Estado miembro, pero también ha dejado discrecionalidad normativa a cada nación en esta materia, por lo que las normas italianas también pueden ser muy diferentes de las aplicadas en otros Estados miembros.

Si las mercancías examinadas son conformes, la Oficina Sanitaria de Fronteras expedirá un «Nulla Osta» para su entrada en el territorio nacional y procederá a continuación a los trámites aduaneros. Si la mercancía no es conforme, será rechazada y normalmente devuelta al remitente. Por último, si dicha operación entraña riesgos, puede ordenarse la destrucción de las mercancías bajo control aduanero.

Una partida sometida a control sanitario fronterizo puede ser transferida a un ASL para una investigación más exhaustiva. Esto requiere un «Nulla Osta» para el tránsito bajo control aduanero. Una vez obtenida, la mercancía puede sacarse del depósito aduanero y entregarse en el destino indicado, informando de su llegada a la ASL correspondiente.

Las mercancías destinadas al uso o consumo animal también están controladas, pero por una oficina que es el Puesto Veterinario Fronterizo. Los procedimientos enumerados para la parte humana también se aplican a la parte animal, y lo mismo ocurre con la flora, que es controlada por la Oficina del Fitopatólogo Fronterizo.

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Posted on

4 junio 2014